Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2015-S2
Fecha: 22-Jun-2015
II.4.
II.4. El Director General Ejecutivo a.i. del SENASIR, por nota de 23 de septiembre de 2013, respondió al memorial referido en la Conclusión que antecede, aludiendo al art. 93 del Reglamente del Código de Seguridad Social, RA 10.0.0.012 de 8 de diciembre de 1997, RA 001 de 14 de enero de 1998, Resolución Secretarial 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997, Resoluciones Ministeriales 476 y 1361, como normas que sustentan la RA 00005411 (fs. 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad
- III.2. Reiteración de la jurisprudencia constitucional sobre la interpretación de la legalidad infraconstitucional
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2° Disponer