AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2015-CA

Fecha: 09-Jul-2015

rechazó

Por Resolución de 3 de junio de 2015, cursante de fs. 39 a 41, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, del departamento de Cochabamba, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamentos: 1) Los instrumentos jurídicos municipales cuestionados por la parte accionante, no serán considerados como normas que sostengan o definan el fallo, sino analizadas en su calidad de medios probatorios; consiguientemente, deben ser valorados conforme a las reglas de la sana crítica prevista en el art. 173 del CPP; 2) En esa calidad, contra las resoluciones municipales objetadas, no resulta viable y menos procedente su cuestionamiento de inconstitucionalidad, sino tan solo su legalidad dentro del alcance de la exclusión probatoria; 3) Las normativas municipales antes descritas, ya no se hallan vigentes, porque fueron modificadas por la OM 3285/04, conforme se tiene constancia de los reglamentos de planificación y urbanización de la gestión 2009, por ello la acción de inconstitucionalidad concreta intentada no puede ser utilizada contra ellas.