DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2015

Fecha: 16-Jul-2015

Sobre el numeral 2

A momento de efectuar el control previo de constitucionalidad del proyecto con adecuaciones de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto, en la DCP 0082/2015, se declaró la incompatibilidad del art. 58, por cuanto su contenido dispositivo no se encontraba acorde a los       arts. 231.1 y 285.I.2 de la CPE; ahora bien, el estatuyente municipal en el proyecto con readecuaciones, no asumió a plenitud la observación antes referida, toda vez que en el numeral 2, estableció como requisito para ser elegido alcalde “Ser mayor de edad”.