Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2015-S2
Fecha: 02-Jul-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 02/2015 de 15 de enero, cursante de fs. 86 a 90, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Marcelo España Vaca contra Sigfrido Sotelo Gualoa y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y Alex Antezana Ayala, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro.
- su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios.
- Fragmento 15
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. Acción de libertad y la extinción de la acción penal
- ; en tal sentido, estableció que la extinción de la acción penal no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR