SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2015-S3

Fecha: 01-Jul-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, sustanciado inicialmente ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba; y posteriormente, ante la Jueza Primera de Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del mismo departamento -ahora demandada-, fue notificado con el señalamiento de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares a celebrarse el 10 de octubre de 2014.

A horas 17:11 del 9 de octubre de 2014, hizo presentar memorial de solicitud de suspensión de audiencia, debido a que se encontraba muy delicado de salud, explicando que tal condición emergía de problemas de salud que databan de mediados de la gestión 2013, cuando fue hospitalizado en la Clínica “Copacabana”, lo cual se acreditaba del certificado médico emitido por el Seguro de la “A.P.S.” Colegio de Abogados de Cochabamba, adjunto al referido memorial.