SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante consideró lesionado su derecho de petición; puesto que dentro del procedimiento administrativo que interpuso impugnando el Acta de Conciliación de Saldos de 19 de marzo de 2013, que ocasionó lesión a los derechos de la "Empresa Constructora Vargas Flores", no se formó el expediente administrativo ni se lo remitió en el plazo de tres días a la autoridad superior jerárquica, tampoco se dio respuesta al recurso jerárquico dentro de los noventa días que señala la Ley de Procedimiento Administrativo, por lo que solicitó a la autoridad demandada se aplique el silencio administrativo positivo y se deje sin efecto la aludida Acta; sin embargo, ésta dispuso que le corresponde acudir al proceso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo de Justicia.