SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

II.3

II.3.  Representación emitida por Arturo Calle, Responsable de Gestoría La Paz, que señala que: “En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia a horas 11:30 a.m. del 24 de marzo de 2014, me constituí en las oficinas del Abog. Juan Carlos Cejas Ugarte, Ex Secretario General de la Prefectura del departamento de Potosí a objeto de entregar Auto Apertura 13/2014, fs. 2) una vez en las oficinas de referencia, fui atendido por su Secretaría Srta. Jennifer a quien luego de entregar el Auto de Apertura, la misma se comunica vía teléfono con el abog. Juan Carlos Cejas, quien solicita conversar con mi persona quien me indica que se encontraba en el departamento de Potosí y que deje el documento a la Secretaria, se entrega a Jennifer dicho documento, rehusándose a firmar o poner el sello de recepción por lo que se deja constancia para fines de legales” (sic) (fs. 31).