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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2015-S3

    Fecha: 01-Jul-2015

    II.3.

    II.3.  Mediante Certificado TED-SCZ-SC 145/2014 de 12 de diciembre, el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz certificó que el Jefe Departamental y Representante Legal de la agrupación ciudadana APB presentó la nómina de la Directiva, señalando como Jefe Departamental a Juan Carlos Becerra Oroza (fs. 99 a 100).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1 Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • III.1.
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • siempre que no exista otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos o garantías reclamados
    • CONFIRMAR

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