SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2015-S2

Fecha: 06-Jul-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante de la empresa accionante denuncia la vulneración de los derechos de ésta a la defensa y al debido proceso, alegando que como consecuencia de un error de la empresa de transporte “Rado Internacional Ltda.”, con domicilio en la República de Chile, que no envío la mercancía consistente en antiespumante monoestearato, pese a estar consignada la misma en el manifiesto de carga; al no arribar el producto físicamente a destino; la concesionaria ALBO S.A., representó formalmente dicha situación, emitiendo la Administración de la Aduana Interior de Santa Cruz, un acta de intervención, que fue notificada en tablero de la Secretaría, tanto a la empresa transportista como a su mandante, enterándose extraoficialmente por parte de la empresa de transporte citada, de la existencia de dicho procedimiento y que el mismo había concluido con la Resolución Sancionatoria AN-SCRZ1-10/2013 de 25 de enero, notificada también en tablero, estableciendo severas e injustas sanciones y multas a las dos empresas involucradas. Precisa que, la notificación con el acta de intervención fue ilegal, tomando en cuenta que la jurisprudencia constitucional, estableció de un estudio de la normativa tributaria, la necesidad ineludible de efectuar la diligencia con el acta de intervención de manera personal, otorgando a las partes, la posibilidad de asumir defensa en el proceso, resguardando en ese orden, la garantía del debido proceso; siendo por ende inviable aceptar una notificación cedularia. Añade que, a fin de objetar la notificación que cuestiona de ilegal, acudió previamente a la Administración Aduanera, en reclamo del acto denunciado; sin embargo, ésta dictó dilatoriamente, el proveído de 10 de junio de 2014, determinando no ha lugar a su petición, cuestión confirmada una vez recurrida en jerarquía ante la MAE de la Gerencia Regional, a través del decreto de 25 de agosto de igual año, ratificando la notificación en tablero de Secretaría.