Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2015-S3
Fecha: 07-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerados sus derechos a la defensa, a la igualdad, a la justicia accesible en igualdad de oportunidades y al debido proceso en su elemento de legalidad, alegando que el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba -ahora codemandado-, al haber rechazado el incidente de nulidad planteado, coartó su derecho a contestar la demanda, oponer excepciones, reconvenir y aportar pruebas; asimismo, los Vocales demandados, al declarar ilegal la compulsa interpuesta, actuaron de manera injusta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por el recurrente
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2.
- Fragmento 14
- CONFIRMAR