SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

II.6

II.6. Mediante Auto Supremo 238/2013 de 5 de julio, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se declaró IMPROBADA la demanda contencioso administrativa, interpuesta por la empresa “SINCHI WAYRA S.A.” sin costas en sujeción de lo establecido en el art. 39 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990; bajo el fundamento, de que así como es deber del juez administrativo el fundamentar sus decisiones, el accionante en el contencioso administrativo tiene la carga de demostrar con argumentos adecuados la posible equivocación en la que se habría incurrido; en el caso el Tribunal no puede suplir la carencia de carga argumentativa de la acción, con la justificación de la averiguación de la verdad material en deterioro de los principios de imparcialidad e igualdad, pues el principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal no puede rebasar los límites de la acción; por cuanto se dejaría al proceso de judicial sin la ecuanimidad de uno de sus sujetos procesales imprescindibles cual es el Juez como tercero o como árbitro mediador de una contienda (fs. 130 a 133 vta.).