SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2015-S3

Fecha: 22-Jul-2015

a)

El accionante estima como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, a la segunda instancia, a la seguridad jurídica, a la congruencia; puesto que: a) La Vocal Mirtha Gaby Meneses Gómez -ahora demandada-, en forma individual y sin fundamentación alguna, emitió el Auto de 23 de junio de 2014, disponiendo un nuevo sorteo del proceso; y, b) Existe falta de fundamentación, motivación y congruencia de las Resoluciones de 31 de julio y 21 de agosto de 2014, emitidas por el Tribunal de alzada; toda vez que el Auto de Vista impugnado no guarda relación entre los pronunciamientos del fallo y los supuestos agravios expresados por los apelantes, incurriendo en una decisión ultra petita, al otorgar más allá de lo pedido y probado, e infra petita al responder solo uno de los argumentos de la adhesión; más aún si los apelantes no sustentaron sus afirmaciones con prueba alguna, habiendo considerado el Tribunal ad quem prueba que no fue ofrecida por el apelante.