Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR, la Resolución de 30 de abril de 2015, cursante de fs. 77 a 81, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, aclarándose que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- a)
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i.
- ii.
- siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas
- CONFIRMAR