SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2015-S2

Fecha: 15-Jul-2015

i)   Denegó el incidente de suspensión de audiencia conclusiva, sin tomar en cuenta que existía una impugnación por defecto absoluto de la imputación, que se encontraba pendiente de resolución

Señala que, en aquel acto procesal incidentó la suspensión de la audiencia conclusiva al estar pendiente de resolución una impugnación realizada a la imputación formal opuesta por Kalil Arab, a la cual el ahora accionante se “allanó” en audiencia cautelar, cuya falta de resolución se configuraba a su parecer, en defecto absoluto por actividad procesal defectuosa conforme el art. 169 inc. 3) del CPP.

Asimismo, reclamó, que no fue de su conocimiento a momento de notificarle con la convocatoria de audiencia conclusiva, las pruebas adjuntas y ofrecidas; por lo que, correspondía suspenderla, aspecto, que en idéntico caso al anterior, se configura en actividad procesal defectuosa conforme la normativa citada en el parágrafo precedente;