Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2015-S2
Fecha: 17-Jul-2015
II.7.
II.7. El 10 de marzo de 2014, por carta presentada al Director Ejecutivo de la Caja de Salud “CORDES”, la Sub Contralora de Control Interno de la CGR, de acuerdo a las consideraciones legales, ratificó que la CGR tiene plena atribución de fiscalización en los entes gestores de seguridad social, dada la naturaleza jurídica de las cotizaciones a la seguridad social, consideradas como tributos por la legislación tributaria ratificada por el Código de Seguridad Social, pensando además la no existencia de duplicidad de fiscalización sobre la Caja de Salud “CORDES” (fs. 252 a 259).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- Artículo 15
- Artículo 35
- Numeral 304.05
- Numeral 306.02
- III.4. Análisis del caso de autos
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- CONFIRMAR