SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2015-S2
Fecha: 21-Jul-2015
Fragmento 12
La SCP 0101/2012 de 23 de abril, respecto a la restricción del derecho a la libertad, estableció que: “El derecho a la libertad, universal y constitucionalmente protegido, sólo puede ser restringido en los límites señalados por ley. Es así que la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su art. 7.2 establece: 'Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados partes o por las leyes dictadas conforme a ellas'; y en su art. 7.3 señala: 'Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios'. En ese sentido, nuestra Constitución Política del Estado, establece también las condiciones en las que la libertad puede ser restringida, así el art. 23 establece: 'I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales. II. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro.
- su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios.
- Fragmento 12
- III.2. De las condiciones de validez para la restricción del derecho a la libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. El arresto dispuesto por el Juez agroambiental en el ejercicio de su poder disciplinario
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo