SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S2

Fecha: 21-Jul-2015

denegó

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/2015 de 2 de febrero, cursante de fs. 101 a 104 vta., denegó la acción de amparo constitucional, con el fundamento que, habiéndose tramitado y sustanciado el proceso de nulidad de transferencia de minuta de inmueble y cancelación de registros, los demandados no vulneraron los derechos a la igualdad y menos el de la defensa, dado que cumplieron a cabalidad los pasos procedimentales para esta clase de procesos sumarios hasta el pronunciamiento de la Sentencia pertinente y el Auto de Vista respectivo, por tanto la acción de amparo constitucional no es la vía para reparar incorrectas interpretaciones o revisar todo del proceso judicial o administrativo, revisando la actividad probatoria y hermenéutica de los tribunales, ya que se instituyó como garantía no subsidiaria ni supletoria de otras jurisdicciones.