Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S2
Fecha: 21-Jul-2015
II.3.
II.3. Selma Gabriela Llanos Bilbao, Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, dictó la Sentencia 24/2011 de 31 de mayo, por la cual, declaró probada la demanda de nulidad de transferencia y ha lugar la nulidad de transferencia de venta del ex FONVIS; reconociendo en consecuencia, el derecho preferente del demandante Simón Reyes Rivera sobre el bien inmueble en cuestión, disponiendo la entrega del mismo en el plazo de quince días a partir de la notificación con la ejecutoria de la Sentencia, realizada dicha diligencia al demandado mediante edicto (fs. 22 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.1. Fundamentación y
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR en parte