SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S2

Fecha: 21-Jul-2015

II.6.

II.6.  Contra esa Resolución, el 7 de julio de 2014, la parte accionante interpuso recurso de apelación acusando la infracción del art. 128 del Código de Procedimiento Civil (CPC), referido a la citación por edictos, toda vez que su domicilio es conocido y debió haber sido citado personalmente, instancia en la cual, el Juez Cuarto de Partido Civil y Comercial, pronunció el Auto de Vista de 3 de octubre de igual año, confirmando la resolución apelada (fs. 42 a 47).