AUTO CONSTITUCIONAL 0317/2015-CA
Fecha: 19-Ago-2015
1.
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
1) El DS 16299 elevado a rango de ley por Ley 2324, dispone la transferencia gratuita a favor de la Fuerza Naval Boliviana del inmueble ex Estación Ferroviaria La Paz Guaqui, y con ello contraviene el art. 339.II de la CPE; y en concreto, el derecho a la propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por cuanto sobre el predio que tiene legalmente registrado en DD.RR., y transferido a título oneroso, a través de un acto arbitrario, pretende se opere la transferencia a título gratuito del mismo,
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCION
- ,
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución
- y todo género de resoluciones no judiciales
- 1.
- II.3. Norma sujeta a control previo de constitucionalidad en acción de inconstitucionalidad concreta debe ser aplicada a una resolución
- ; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- 4)
- 5)
- 6)
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR