Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2015-S1
Fecha: 27-Ago-2015
III.3. Análisis del caso concreto
Se tiene que Vivian Rossy Aguirre Drovichesky se encontraba en calidad de arrendataria de una habitación en la casa de María Suárez, quien de manera unilateral el 20 de diciembre de 2013, procedió a asegurar con candado, en vista de la falta de pago de alquileres de dos meses, impidiéndole ingresar en dicha habitación y menos sacar sus bienes y enseres personales, bajo excusa de que debía cancelar el importe de todos los cánones de alquiler, incluyendo el tiempo que se encontraba cerrado, no solo de los dos meses que reconocía la deuda.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de la demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- rigiendo para su interposición, los principios de inmediatez
- procedimiento de protección cuyo objeto es el restablecimiento inmediato y efectivo de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, a través de un procedimiento judicial sencillo, rápido y expedito, frente a situaciones de lesión provenientes de la acción u omisión de servidores públicos o particulares
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- podrá flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume
- III.3. Análisis del caso concreto
- después de más de un año, presenta la acción de amparo constitucional para recuperar sus enseres personales
- REVOCAR