SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2015-S1

Fecha: 27-Ago-2015

1)

Daniel Loayza Torrez, Profesional de Gestión Jurídica en representación de José Gonzalo Trigoso Agudo, Ministro de Trabajo Empleo y Previsión Social, mediante informe escrito cursante de fs. 184 a 186, manifestó que: 1) El art. 233 de la CPE, establece que: “Son servidoras y servidores públicos a personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”; norma concordante con el inc. d) del art. 5 de la Ley 2027; 2) El DS 26115 de 16 de marzo de 2001, en su art. 50 sobre la condición de funcionario de carrera estableció que: “La condición de ser funcionario de carrera, está protegido por el artículo 44 de la Constitución Política del Estado y se alcanza una vez obtenido el número de registro otorgado por la