SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2015-S3

Fecha: 03-Ago-2015

i)

Beatriz Cortez Vásquez, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en audiencia, informó que: i) El actual accionante se encuentra con detención preventiva en aplicación del art. 233.1 del CPP, ya que es con probabilidad autor o partícipe del delito que se investiga, y correspondía al interesado desvirtuar los riesgos procesales conforme al art. 239 del citado Código; y, ii) Si bien la Norma Suprema refiere a la supremacía constitucional, la misma también indica el deber de cumplir las leyes como es el caso de la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, además que al momento de conocer el recurso se ponderaron todos los elementos, llegando a la conclusión que no correspondía la cesación de la detención preventiva.