Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2015-S2
Fecha: 04-Ago-2015
II.4.
II.4. Sócrates Sabala Churuca, por escrito presentado el 3 de septiembre de 2012, formuló recurso de revocatoria contra la RA OMP-DCP 232/2012, adjuntando documento de compra venta de un lote de terreno con una superficie de 330 mts2, signado con el número 25, ubicado en la manzana 17 de la UV 233 y fotocopias simples de Libro Mayor de propiedad inmueble que consignan los pagos efectuados por el demandado respecto al lote señalado (fs. 101 a 117).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- [1]
- III.2. Competencias municipales y
- Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo
- las entidades estatales de derecho público se encuentran expresamente consignadas por las normas legales que rigen en la materia, para ser titulares de este tipo de acciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo