SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2015-S3

Fecha: 17-Ago-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

Previo a verificar el cumplimiento de los presupuestos necesarios para examinar la problemática planteada, es necesario aclarar que la revisión de los fallos impugnados se realiza a partir de la última resolución emitida en sede judicial; en el presente caso, el Auto de Vista 146 y su complementario de 17 de abril de 2014, que resuelve el recurso de apelación, en observancia del principio de subsidiariedad que rige al amparo constitucional conforme el art. 129.I de la CPE.

De acuerdo al problema jurídico planteado, el accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a ejercer derechos establecidos en la ley, a un proceso justo y equitativo, a la aplicación e interpretación objetiva de la ley y a la garantía constitucional de aplicar la norma más favorable al procesado, por cuanto, dentro el proceso ejecutivo que se sigue en su contra en ejecución de sentencia, las autoridades ahora demandadas pronunciaron el Auto de Vista 146, fuera de plazo, aludiendo pérdida de competencia; asimismo se le habría impedido ejercer su derecho a plantear excepción de “prescripción”.