SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2015-S3

Fecha: 17-Ago-2015

III.2.1.

III.2.1. Es importante realizar un análisis de contextualización; por cuanto, a partir de la vigencia de la Norma Suprema y de la Ley del Órgano Judicial, se estableció un régimen de transición institucional al mismo, con el objetivo de incorporar los postulados constitucionales a ese rediseño institucional.

Dicho proceso transitorio, está constituido por una serie de elementos, entre los que se encuentran, la cualificación de los recursos humanos con el fin que esté integrado por las personas más idóneas para el ejercicio de cargos jurisdiccionales, lo cual es un proceso totalmente legítimo siempre que se realice en el marco del respeto a los principios constitucionales y las normas del Bloque de Constitucionalidad, conforme prevé el art. 13.IV in fine y 410.II de nuestra Ley Fundamental.