SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2015-S2
Fecha: 20-Ago-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante considera estar indebidamente procesada y que se lesionó su derecho al debido proceso, toda vez que dentro del proceso penal iniciado en su contra, con base a una denuncia y testigos falsos, en la cual el Fiscal de Materia demandado incumplió su deber de investigar, menos compulsó los documentos del proceso, razón por la cual está a punto de ser encarcelada, existiendo contradicción entre el certificado médico forense y lo relatado en la querella; asimismo, denuncia una serie de irregularidades en el proceso, entre ellas, la notificación con la imputación formal, que no fue efectuada correctamente por la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, autoridad codemandada, y como consecuencia de ello fue declarada rebelde.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley,
- Por ello, como ejemplo de un supuesto en el que no prospera una acción de libertad preventiva cuando se denuncia persecución ilegal o indebida, es cuando no existe un mandamiento de aprehensión librado contra el accionante
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido,
- No todas las lesiones al debido proceso, pueden ser reclamadas y reparadas por este medio de defensa, sino sólo aquellas que cumplan los presupuestos fijados por la jurisprudencia constitucional; por cuanto, las infracciones al debido proceso en cualquiera de sus elementos, necesariamente deberán ser reparadas por los medios legales que el orden jurídico penal prevé, ante la persistencia de la vulneración, recién podrá acudirse a esta jurisdicción a través de la acción de amparo constitucional,
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- sin que exista motivo legal alguno
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en todo