AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2015-O

Fecha: 22-Sep-2015

II.1.

II.1. Por SCP 1696/2014 de 1 de septiembre, pronunciada dentro de la acción popular presentada por Adolfo Colque Maraza, Juez de Mínima Cuantía, Estanislao Condori López, Corregidor Titular, Epifanio Herrera Condori, Agente Cantonal, Agapito Paco Zenteno, Curaca del Ayllu, Sabino Carmona Colque, Principal del Ayllu, Javier Colque Choque, Juez de Aguas, Emilio Maraza Cayo, Subagente, Alfonso Colque Maraza; y, Salomón Cayo Vega, Primero y Segundo, Alcalde de Aguas Vertientes, respectivamente, en representación de la comunidad Chillcani contra Braulio Marino Condori, Agustín Choque Cusipuma, David Marino Juchani y Martha Marino Mamani, dirigentes de la comunidad Alcatuyo, todos del departamento de Potosí, se concedió la tutela impetrada, confirmando el fallo del Juez Mixto de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Puna del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías (fs. 314 a 329).