SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Fecha: 30-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 14.IV y 15.IV, in fine, 28, 29 primer párrafo y 32.IV de la Ley 3545 -que modifica la LSNRA- y contra los arts. 76.V, 90 inc. c), 201 y 202 del DS 29215, en lo pertinente a las autoridades y mecanismos de impugnación, preceptos que en criterio del demandante vulneran los arts. 115.I y II, 119.II, 180.II, 393, 401.II y 404 de la CPE, puesto que la Norma Fundamental establece como únicas causales de reversión de tierras agrarias el incumplimiento de la función económico social o la tenencia latifundista de la tierra, pero los preceptos legales cuestionados añaden una nueva causal de reversión consistente en el uso perjudicial de la tierra al interés colectivo.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- revocó
- I.1.3. Alegaciones de los personeros de los órganos que generaron las normas impugnadas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad
- III.2. Falta de fundamentación en acciones de inconstitucionalidad
- Fragmento 12
- fundamentada, explicando congruentemente las razones por las cuales considera que una determinada ley es contraria a la Norma Fundamental
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE