SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Fecha: 30-Sep-2015
III.1.
La SCP 0526/2013 de 22 de abril, recogiendo la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional, con relación a los alcances del control de constitucionalidad normativo, manifestadas en las SSCC 0051/2005 de 18 de agosto y 0019/2006 de 5 de abril, que en el contexto constitucional vigente es activado a través de las acciones de inconstitucionalidad concreta y abstracta, concluyó que: “…el control normativo posterior de constitucionalidad, tiene la función de verificar si las disposiciones legales impugnadas resultan compatibles o no con los preceptos legales constitucionales, pues en ese sentido, el Tribunal Constitucional, tiene la tarea de interpretar la norma sometida a control de constitucionalidad con el fin de determinar el significado de la disposición legal sometida a control y en virtud a ello, corresponde disponer los efectos de la misma; vale decir, si se mantiene o si se expulsa de nuestro ordenamiento jurídico”.
Lo anterior implica, tal como señaló la citada jurisprudencia constitucional, una exclusión definitiva de cualquier aspecto o circunstancia relativa a la valoración de la conveniencia o no de la norma, sus propósitos benéficos o adversos respecto de la materia que regula, y más aún, con relación a las circunstancias fácticas del caso en concreto que suscita la interposición -en específico- de la acción de inconstitucionalidad concreta o una evaluación del proceso del cual emergió la mencionada acción.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- revocó
- I.1.3. Alegaciones de los personeros de los órganos que generaron las normas impugnadas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- al examen de las disposiciones alegadas de lesivas a las normas y preceptos de la Norma Suprema, con el fin de establecer su constitucionalidad o inconstitucionalidad
- III.2. Falta de fundamentación en acciones de inconstitucionalidad
- Fragmento 12
- fundamentada, explicando congruentemente las razones por las cuales considera que una determinada ley es contraria a la Norma Fundamental
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE