SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2015- S1

Fecha: 14-Sep-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante por intermedio de su abogada, ratificó en su integridad la acción presentada. Ampliándola, señaló que: La Diócesis de San Ignacio de Velasco, adquirió el predio “San Miguelito”, mediante un proceso de saneamiento por lo que su derecho propietario fue regularizado y perfeccionado ante el INRA, proceso que se produjo cuando ya existía el desmonte, por lo que el incumplimiento de la FES, fue evaluado en ese momento y la reversión debió comprobar nuevos elementos en torno a tres aspectos que deben existir en las propiedades: desarrollo de actividad ganadera (número de cabezas de ganado), infraestructura y la presencia de pasto cultivado, mismos que fueron demostrados dentro del proceso; sin embargo, en una interpretación arbitraria de la ley, se sostuvo que “…al haber identificado el desmonte ilegal es que debe ser desmontado de las áreas productivas…” (sic), aspecto no contemplado por la norma.

Sobre la Ley 337 y su ampliación, afirmó que cuando surgió esa Ley en febrero de 2014, la Diócesis de San Ignacio de Velasco, se adscribió al programa para poder legalizar ese desmonte y hacer uso de dicha fracción. En tal sentido, acusa que el INRA, se pronunció sobre el incumplimiento a la sanción impuesta por la ABT, acerca del establecimiento de cortinas y rompe vientos, cuando no era la autoridad competente para tal efecto, por lo que reiteró que no se valoró correctamente la Ley citada y su ampliación.