SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

concedió

27 de febrero, cursante de fs. 341 a 347, concedió la tutela solicitada, disponiendo que: i) En el plazo de tres días la Administración de Aduana Interior de la Gerencia Regional La Paz de la ANB a cargo de Rubén Darío Villaverde Valencia, notifique de manera personal a Mary Isabel Monzón Aparicio, con la RA AN-GRLPZ-LAPLI-SPCC-091/13, para que la misma conozca el contenido de dicha Resolución, los motivos por el que esta comisado su vehículo y la sanción económica contra su vehículo; y si así lo desea, pueda interponer los recursos que la ley le franquee; ii) En el plazo máximo de tres días, se devuelva y entregue el vehículo a su propietaria Mary Isabel Monzón Aparicio, en calidad de depositaria hasta que concluya definitivamente el proceso administrativo aduanero contravencional y tenga una Resolución definitiva. “Sin embargo, para garantizar el desarrollo y conclusión del Proceso Administrativo Aduanero Contravencional, de conformidad al art. 34 de la Ley 254 Código Procesal Constitucional concordante con el art. 106 del CT parágrafo III numeral 1 como medida cautelar se dispone la anotación preventiva del vehículo CLASE CAMIÓN, MARCA NISSAN DE COLOR VERDE COMBINADO, MODELO 1994, CON PLACA DE CONTROL N° 1425-FSY, por ante las oficinas de la Unidad del Organismo Operativo de Transito de la ciudad de El Alto de La Paz a nombre de la