Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
II.6.
II.6.Certificado Médico Legal que en su parte de Conclusiones refiere que: “…Proceso infeccioso de probable origen intestinal en tratamiento. Por lo que antecede, se sugiere continuar en tratamiento bajo régimen de internación por el lapso de cinco días hasta completar estudios…” (sic), expedido por Hugo Cuellar Villagra, Médico Forense Instituto de Investigaciones Forenses (I.D.I.F)., de 7 de febrero de 2015 (fs. 3 a 4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- )
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- “…no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional…”
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- CONFIRMAR