Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
II.2
II.2. Por resolución de 11 de febrero de 2015, el Tribunal Quinto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, denegó la solicitud de cesación a la detención preventiva planteada por la ahora accionante, por considerar que el desistimiento o retiro de denuncia realizado en favor del Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, no extinguió la acción penal que sigue su curso hasta una resolución conclusiva del Ministerio Público, manteniéndose el riesgo procesal del art. 235.3 con relación al art. 247.2 del CPP (fs. 53 a 55).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 15
- III.3. La motivación arbitraria como restricción de la garantía del debido proceso
- III.4. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- Fragmento 18