SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

III.3. La motivación arbitraria como restricción de la garantía del debido proceso

“En efecto, un supuesto de «motivación arbitraria», es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión de la valoración de la prueba aportada en el proceso (SC. 0965/2006-R), que influye, en ambos casos, en la confiabilidad de las hipótesis fácticas (hechos probados) capaces de incidir en el sentido, en el fundamentos de la decisión. Es decir, existe dependencia en cómo cada elemento probatorio fue valorado o no fue valorado, para que se fortalezca o debilite las distintas hipótesis (premisas) sobre los hechos, y por ende, la fundamentación jurídica que sostenga la decisión”.