SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

III.5. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria

Respecto de los requisitos que permiten la interpretación excepcional de la legalidad ordinaria vía acción de amparo constitucional, la SCP 1631/2013 de 4 de octubre, determinó que:“Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces.