SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
III.6. Análisis del caso concreto
En el presente caso, los accionantes denuncian como lesionado el derecho al debido proceso en su vertiente a la fundamentación y motivación de las resoluciones, señalando que, pese a haber firmado acuerdo transaccional sobre mensura y deslinde voluntario con Víctor Hugo Ortuño en representación de sus hijos, debidamente reconocido, éste interpuso demanda de reivindicación representando a uno de ellos -Jean Víctor Ortuño Grágeda-; proceso dentro del cual el Juez Agroambiental de Sacaba del departamento de Cochabamba -demandado-, de manera ultra petita integró en calidad de terceras interesadas a las demás hermanas en aplicación del art. 67 del CPC, indican que con ello se les hubiera dejado en una posición de desigualdad y afectó seriamente su derecho a la defensa, además que luego de disponer la citación de las terceras interesadas bajo alternativa de nombrarles defensor de oficio, hasta la fecha de presentación de esta acción constitucional no se designó al mismo, dejando a las nombradas en indefensión “prevista por el Art. 115 de la Constitución Política del Estado, viciando de nulidad el proceso, siendo procedente el saneamiento procesal hasta el vicio más antiguo” (sic); ya en audiencia preliminar, a través de un Auto sin fundamentación valedera, rechazó la solicitud de sanear el proceso anulando obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la resolución de admisión de demanda -para que las mencionadas hermanas no sean obligadas a participar en el proceso-; por lo que, plantearon recurso de reposición que también fue rechazado sin motivación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4.
- Fragmento 13
- III.5. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 15
- III.6. Análisis del caso concreto
- nexo de causalidad
- Fragmento 18