Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 009/2015 de 20 de febrero, cursante de fs. 21 a 23 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Franco Mario Camargo Espejo en representación sin mandato de Jorge Carrasco Jahnsen contra Omar Rocabado Imaña, Juez Técnico del Tribunal Segundo de Sentencia Penal; y, Carlos Emilio Andrade Rengel, Juez de Ejecución Penal, ambos de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- consecuencia no ha lugar lo solicitado
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR