SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S3

Fecha: 07-Sep-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

           Sin embargo, tomando en cuenta que los actos desarrollados por ambas autoridades codemandadas repercuten en el ámbito de ejecución de una Resolución de amparo constitucional pronunciada por un Tribunal de garantías, trasuntada en el alcance y efectos de lo dispuesto por dicho Tribunal, conforme a la línea jurisprudencial desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que los cuestionamientos que las partes aleguen sobre los mismos, son aspectos que deben ser reclamados dentro de la tramitación de la acción de amparo constitucional aludida, y no planteados a través de una nueva acción de defensa, pues como asumió esta jurisdicción en sus reiterados fallos; ello, significaría restar de eficacia a una acción tutelar creando un círculo vicioso de acciones tutelares que hagan eficaces las resoluciones de otras previamente interpuestas; razón por la cual, corresponde denegar la tutela solicitada.