Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad al negarse dejar sin efecto los Mandamientos de condena y captura emitidos en su contra y/o disponer su libertad, lo que correspondía de acuerdo a la concesión de tutela que obtuvo dentro de una acción de amparo constitucional que dispuso dejar sin efecto el AS 675/2013 de 4 de diciembre, que confirmó la Sentencia condenatoria 014/2003 de 1 de octubre, pronunciada en su contra; así, al no encontrarse ejecutoriada dicha Sentencia condenatoria, no era posible ejecutar Mandamiento de condena o de captura alguno.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- consecuencia no ha lugar lo solicitado
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR