SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2015 S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2015 S1

Fecha: 29-Sep-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a una justicia pronta y sin dilaciones, a la inamovilidad, estabilidad y continuidad laboral, al trabajo, a la salud, a la seguridad social, a la integridad psicológica de la familia y de la niñez, y a la familia, por cuanto, considera que el despido intempestivo de su fuente laboral el 7 de enero de 2015, efectuado por la CNS dependiente de la Administración Regional La Paz -Hospital Viacha-, sin tomar en cuenta su condición de mujer embarazada con “cinco” meses de gestación, es vulnerador de sus derechos, así como el hecho de haber operado la tácita reconducción, pues a la conclusión del segundo contrato suscrito a plazo fijo, continuó en su puesto de trabajo por seis días más y pese a haber solicitado su reconsideración de contrato por estado de embarazo de manera verbal,y escrita, automáticamente pidió suscribir un tercer contrato aplazo fijo, tuvo respuesta negativa; acudiendo de esta manera ante la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz, a efectos de su reincorporación laboral; no obstante de la conminatoria dispuesta, ésta no fue cumplida, por lo que activó la presente acción.