Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
3)
3) Luego, el referido Juez demandado, alegando el mismo “incumplimiento” de lo ordenado en su Resolución de concesión de tutela, dispuso a través de un segundo Auto Interlocutorio 07/2015 de 19 de marzo, entre otras medidas sancionatorias, la aprehensión de los Vocales accionantes, y su conducción a celdas de la FELCC, hasta que se cumpla con la emisión de una nueva Resolución “…hasta que se verifique el cabal cumplimiento de lo dispuesto por éste Tribunal de Garantías…”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando de acuerdo
- 2)
- 3)
- i)
- b)
- adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones
- CONFIRMAR