Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.1.2.
II.1.2. Dentro de esa misma acción de defensa, el Juez demandado pronunció el Auto Interlocutorio 07/2015 de 19 de marzo, por el cual, invocando el incumplimiento de la “sentencia de acción de amparo constitucional” (sic) 01/2015 de 10 de marzo, y el Auto Interlocutorio 06/2015 de 18 de marzo, resolvió entre otras medidas, la aprehensión de “Nolberto Gallardo Suruguay, Isabel Cristina Vargas Muñoz, Betzabé Zegarra Mamani y Sharar Cristina Medina Tarifa, (en celdas de la FELCC), hasta que se verifique el cabal cumplimiento de lo dispuesto por éste Tribunal de garantías…” (sic) (fs. 94 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando de acuerdo
- 2)
- 3)
- i)
- b)
- adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones
- CONFIRMAR