SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.1.
II.1. El 6 de marzo de 2015, Teodoro Suruguay Quiroga, interpuso acción de amparo constitucional contra los miembros del Tribunal Departamental Electoral de Tarija -ahora accionantes- demandando se deje sin efecto la Resolución RSP-TED/TJA 033/2015 de 25 de febrero, que no considero la habilitación de su candidatura a la Alcaldía de Entre Ríos (fs. 50 a 59 vta.); dicha acción mereció la Resolución 01/2015 de 10 de marzo, emitida por Willy Isaac Gandarillas Vargas, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Penal de Entre Ríos del departamento de Tarija -ahora demandado-, constituido en Juez de garantías, quien resolvió conceder la tutela constitucional, disponiendo la nulidad de la Resolución “28 215” de 14 de febrero, sobre la habilitación de Víctor Hugo Sánchez Terán como candidato a Alcalde del municipio de Entre Ríos, por la agrupación ciudadana “Tarija para Todos”, así también, la nulidad de la Resolución RSP-TED/TJA 033/2015 de 25 de febrero, que ratifica la primera y “…Que el Tribunal Electoral Departamental de Tarija (…) dentro del plazo de 24 horas de su legal notificación de acuerdo a la vigencia de la Escritura 85/2015, resuelva la habilitación del Ing. Teodoro Suruguay Quiroga como candidato por el Municipio de Entre Ríos (…), con la conminatoria correspondiente (…), en caso de incumplimiento la condena en costas a las autoridades demandadas en cuanto a daños y perjuicios, debiéndose demostrar estos y tramitarse según procedimiento…” (sic) (fs. 66 y 76 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando de acuerdo
- 2)
- 3)
- i)
- b)
- adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones
- CONFIRMAR