SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2015-S3

Fecha: 29-Sep-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Interpuso demanda de nulidad contra la Sentencia pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Oruro, dentro del proceso de rectificación de apellidos formulado por Eusebia Huarachi Vda. de Mamani contra Eustaquio Mamani; Nulidad de la Resolución de 8 de enero de 1973, sobre declaratoria de herederos, tramitada por Eusebia Huarachi Vda. de Mamani en el Juzgado de Instrucción de Familia del referido departamento; y, la Nulidad de la Partida 668 del libro de propiedades rústicas de 1981.

Corrido el trámite procesal, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del citado departamento emitió la Sentencia 295/09 de 9 de junio, declarando improbada la demanda, bajo el argumento que de la revisión de procesos ordinarios con calidad de cosa juzgada, solo prevé la revisión extraordinaria de sentencia, con referencia a la nulidad de Declaratoria de herederos refiere que su mandante no acreditó legitimidad al no ser coheredero y respecto de los daños y perjuicios señaló que no fueron acreditados con documentos fehacientes.