Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación y congruencia, tutela judicial efectiva y a la defensa y los principios de seguridad jurídica y legalidad; en razón a que el AS 474 de 10 de octubre de 2014, anuló obrados sin tomar en cuenta que dicha decisión no está librada al libre albedrío, debido a que en su momento el Tribunal de alzada si hubiese advertido lo observado por el Tribunal Supremo lo hubiera saneado, existiendo el deber de pronunciarse únicamente sobre los aspectos solicitados por las partes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- frente a un supuesto de conculcación evidente de derechos y garantías, el juez o tribunal podrá pronunciarse más allá de los aspectos solicitados en el recurso interpuesto, únicamente para hacer notar tal situación respecto a la tramitación de determinado acto procesal y demostrar que su vigencia es inválida por ser contrario a la Constitución,
- CONFIRMAR