Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016-S2

    Fecha: 18-Ene-2016

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    La Sociedad STS BOLIVIA LTDA. accionante, a través de su representante legal considera lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación, por la errónea interpretación de la legalidad ordinaria y vulnerar además el principio de congruencia de los fallos, citando al efecto los arts. 115.II, 117.I y 410 de la CPE.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 6
    • 1)
    • denegó
    • II.1
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La inmediatez como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional y el cómputo de plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
    • en la Constitución vigente, se introduce el plazo de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, plazo que se computa a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial, y que se constituye en un verdadero plazo de caducidad del derecho a acudir a la justicia constitucional
    • III.2.  Análisis del caso en concreto
    • CONFIRMAR en todo

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca