SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0010/2016
Fecha: 14-Ene-2016
II.1.
II.1. Al haberse establecido que las acciones de inconstitucionalidad concretas admitidas, se relacionan entre sí, existiendo conexitud entre las disposiciones legales impugnadas, referidas al segundo aguinaldo, denominado “Esfuerzo por Bolivia”; en cuyo mérito se dispuso su acumulación en el orden de prelación descrito en el AC 090/2014-CA-ACM/S de 1 de agosto y Resolución de 16 de octubre de 2015; se tiene que las 22 acciones acumuladas fueron deducidas dentro de los procesos sociales sobre pago del segundo aguinaldo, instaurados por trabajadores de la Empresa KAISER SERVICIOS S.R.L. contra la citada empresa, los cuales se vienen sustanciando ante el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba del departamento de Tarija (fs. 26 a 37 y 1320) .
- acciones de inconstitucionalidad concretas
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- no promover”
- revocó
- a)
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- ARTICULO 1.- (OBJETO).
- II.
- III.
- IV.
- ARTÍCULO 5.- (CRECIMIENTO DEL PIB).
- ARTICULO SEGUNDO
- ARTICULO TERCERO
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Imposibilidad de un nuevo análisis sobre una norma que ya fue declarada constitucional por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- En síntesis, cuando una norma legal ha sido sometida a un examen de su constitucionalidad por medio de un recurso de inconstitucionalidad que ha concluido con una Sentencia Constitucional que declara su conformidad con el texto constitucional, existe cosa juzgada constitucional, y esa norma legal ya no puede ser sometida a una nueva comprobación de su sometimiento a la Ley Fundamental del Estado por los mismos argumentos ya resueltos,
- SCP 0064/2015 de 21 de julio
- IMPROCEDENCIA