SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0010/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0010/2016

Fecha: 14-Ene-2016

IV.

IV. En el caso de las Empresas Públicas y de las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas, el pago del Segundo Aguinaldo ‘Esfuerzo por Bolivia’, será autorizado mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio Cabeza de Sector o por resolución expresa de la máxima instancia resolutiva de la entidad, cuando corresponda, debiendo incluir en la misma la base de cálculo del Segundo Aguinaldo ‘Esfuerzo por Bolivia’ y su financiamiento; para este efecto deberán tomar en cuenta únicamente el haber o remuneración básica, excluyendo todo bono, prima, contratos, factor variable de escala salarial u otros similares. Se exceptúa de este beneficio al personal especializado en áreas estratégicas, que tengan una remuneración básica superior a la establecida para el Presidente del Estado Plurinacional”.