SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016-S2

Fecha: 18-Ene-2016

III.3.  Análisis del caso concreto

           En ese orden, resulta claro que, el poder acompañado a la demanda tutelar, por el que, Bernardo Javier Pavisic Antezana y Jorge Felipe Benigno Iriarte Sánchez, alegan representación para poder interponer la presente acción de amparo constitucional en pro de obtener la tutela de los derechos fundamentales alegados como lesionados del Club Deportivo Profesional “Aurora”; es un poder amplio que instituye el mandato respecto a actos de administración; facultades bancarias, económicas y financieras; actos judiciales y de impugnación administrativa; operaciones tributarias; y, facultades de otorgar poderes especiales. No siendo un poder suficiente y expreso que denote la voluntad del Directorio del Club mencionado para la presentación de esta garantía constitucional ni que sea actual; condición sine qua non que debió ser considerada previamente por el Tribunal de garantías, y que al no haber sido advertida en etapa de admisión, merece su denegatoria sin efectuar examen de fondo alguno sobre el particular.